Videovigilancia en taxis

Un tema muy comentado a raiz de alguna reciente agresión a taxistas.
La Agencia Española de Protección de Datos ha editado un informe al respecto, que resume así:


En virtud de lo expuesto, podemos concluir señalando que la instalación de una cámara por el consultante requiere: Que la cámara la instale una empresa de seguridad privada, que deberá de obtener la autorización del Ministerio del Interior y si la cámara graba deberá de notificarlo previamente a la Agencia Española de Protección de Datos, para su inscripción en el Registro General de la misma, de conformidad con el artículo 7 de la Instrucción, donde habrá que cumplir con los requisitos del artículo 26 de la Ley Orgánica a efectos de inscripción .

Informe completo