Pero si nunca pasa nada...

... hasta que pasa claro, y entonces puede que te venga todo de golpe.

¿Cuántas veces hemos oído lo de "aquí no vienen inspectores", "a mí nadie me denuncia", "si me ponen una multa ya la pagaré", etc...? Hay esa creencia de que se puede incumplir una ley como la LOPD de rango orgánico y "no pasa nada", y en todo caso si ocurre algo ya se pagará y se resuelve... como si años y años de vulneración se fueran a pasar de rositas con una sanción de 600€.

Quizás eso pensaban en DATA INTEGRAL ACTION S.L., que total años y años de incumplimiento les habían dado unos beneficios que justifican pagar alguna pequeña sanción, pero por si acaso no les había quedado claro con lo que ya habían recibido y señalamos en la nota Reincidentes, ahí van dos más (y atentos a los montos):

Procedimiento Nº PS/00038/2009

El Director de la Agencia Española de Protección de Datos RESUELVE:
PRIMERO: IMPONER a la entidad, DATA INTEGRAL ACTION, S.L., por una infracción del artículo 6 de la LOPD, tipificada como grave en el artículo 44.3 d) de dicha norma, una multa de 60.101,21 € (sesenta mil ciento uno con veintiún céntimos de euro) de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la citada Ley Orgánica.

Procedimiento Nº PS/00034/2009

El Director de la Agencia Española de Protección de Datos RESUELVE:
PRIMERO: IMPONER a la entidad DATA INTEGRAL ACTION, S.L., por una infracción del artículo 6 de la LOPD, tipificada como grave en el artículo 44.3 d) de dicha norma, una multa de 60.101,21 € (sesenta mil ciento un euro con veintiún céntimos de euro) de conformidad con lo establecido en el artículo 45 de la citada Ley Orgánica.