El consentimiento en protección de datos

El consentimiento es el principal requisito de la Ley Orgánica de Protección de Datos (LOPD). Lo que la LOPD viene a decir de forma muy resumida es que los datos personales son propiedad de cada persona física y sólo pueden ser usados por otro con su permiso, el consentimiento, definido de esta forma en la ley : Artículo 3 h) Consentimiento del interesado: toda manifestación de voluntad, libre, inequívoca, específica e informada, mediante la que el interesado consienta el tratamiento de datos personales que le conciernen. Es por eso que a la hora de recoger datos de carácter personal, cualquier soporte ha de acompañarse de una leyenda informativa en la que se identifica al responsable del fichero, se especifican los derechos que asisten al interesado y cómo ejercerlos, y en especial se indican los fines específicos para los cuales se recaban dichos datos. Hasta aquí tenemos el requisito legal de una ley de rango orgánico con un régimen sancionador elevado, lo que ya es en s